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Declaración de bienes en el extranjero: lo que todo expatriado debe saber sobre el modelo 720 (y otros modelos)

declaracion de bienes en el extranjero
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Si resides en España pero mantienes bienes o derechos en el extranjero, el Estado quiere saberlo. Y no, no es opcional. La declaración de bienes en el extranjero, también conocida por el infame modelo 720, no solo sigue vigente, sino que tiene consecuencias importantes si no se presenta o se hace mal. En este artículo te contamos quién está obligado, qué debes declarar, cuándo hacerlo y cómo evitar sanciones innecesarias.

¿Por qué te interesa esto si eres expatriado o tienes patrimonio fuera de España?

Porque Hacienda no descansa. E incluso si vives y trabajas fuera, puedes seguir vinculado fiscalmente a España si mantienes aquí tu residencia fiscal. Esto es algo que explicamos en profundidad en la guía Fiscalidad expatriados en España: claves para no residentes y residentes en el extranjero.

Esto implica que, si tienes cuentas bancarias, inmuebles, acciones o seguros en el extranjero por un valor superior a 50.000 euros, estás obligado a informar. No hacerlo —o hacerlo mal— puede acarrear consecuencias serias: sanciones económicas, presunciones de ganancia patrimonial no justificada e incluso complicaciones legales.

Pero no entremos en pánico. Vamos por partes.

¿Qué es el modelo 720?

El modelo 720 es una declaración informativa —es decir, no conlleva pago de impuestos directamente— que deben presentar:

  • Personas físicas o jurídicas residentes fiscales en España
  • Que tengan bienes y derechos situados en el extranjero, siempre que superen ciertos umbrales.

Este modelo no es nuevo, pero sí ha sido muy polémico, incluso ha sido objeto de sentencia del Tribunal de Justicia de la UE por su régimen sancionador (más adelante hablaremos de esto).

¿Qué se debe declarar?

El modelo 720 obliga a declarar tres bloques de información:

  • Cuentas bancarias en el extranjero (entidades, IBAN, saldo medio del último trimestre y saldo a 31 de diciembre).
  • Valores, seguros y rentas depositados, gestionados o ubicados fuera de España.
  • Inmuebles o derechos sobre bienes inmuebles situados fuera del país.

¿Y cuánto es “suficiente” para estar obligado? Si alguno de los bloques anteriores supera los 50.000 euros, se dispara la obligación de informar. Y ojo: aunque no llegues al límite global, si una cuenta o inmueble por sí solo supera ese valor, también toca declarar.

¿Quién está obligado a presentar el modelo 720?

  • Residentes fiscales en España, tanto personas físicas como jurídicas.
  • Expatriados que aún conservan la residencia fiscal en España (¡y aquí viene lo importante!).
  • Herederos, usufructuarios o titulares reales de bienes situados fuera del país.

Muchos expatriados se equivocan: piensan que por vivir fuera no tienen que declarar. Pero si Hacienda sigue considerándote residente fiscal en España, sigues obligado. Te lo explicamos en detalle aquí: Requisitos no residente fiscal en España.

¿Y qué pasa si no presento el modelo 720 (o lo hago mal)?

Hasta hace poco, las sanciones eran escandalosas:

  • 5.000€ por cada dato omitido, con un mínimo de 10.000€.
  • Además, Hacienda podía considerar que el valor íntegro de los bienes no declarados era una ganancia patrimonial no justificada, y aplicarte una tributación del 40% sobre el total.
  • Y todo ello sin prescripción: podían reclamar aunque los bienes hubieran sido adquiridos hace décadas.

Esto fue tumbado por el Tribunal de Justicia de la UE en 2022 por ser desproporcionado e ir en contra de la libre circulación de capitales.

¿La buena noticia? Hoy en día, las sanciones son más moderadas, pero la obligación de declarar sigue vigente.

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Otros modelos importantes

El modelo 720 no es el único. Existen otros modelos que pueden afectar a quienes tienen intereses en el extranjero:

  • Modelo D-6: declaración de valores depositados en el extranjero (obligatorio si tienes acciones en brokers internacionales).
  • Modelo 100 (IRPF): aunque no es específico para bienes extranjeros, sí recoge rentas mundiales.
  • Modelo 714 (Impuesto sobre el Patrimonio): obligatorio si tu patrimonio total supera 2 millones de euros.
  • Modelo 721: para criptoactivos situados en el extranjero.
  • Modelo 232: para operaciones vinculadas o con paraísos fiscales.

¿Conclusión? No basta con presentar el 720. Debes revisar tu situación patrimonial y tributaria completa si tienes intereses internacionales.

Expatriados: el limbo fiscal y cómo salir de él

Muchos profesionales que se trasladan al extranjero mantienen propiedades, cuentas o inversiones en España… o fuera de ella.

Y en esa transición aparece el limbo fiscal:

  • No tienen claro si son residentes fiscales en España o no.
  • No saben qué declarar, dónde y cómo.
  • No cuentan con un asesor experto en fiscalidad internacional.

Esto no solo es fuente de ansiedad, sino de errores costosos.

👉 Si no estás seguro de tu residencia fiscal, lo primero que necesitas es una planificación fiscal clara.

👉 Si ya estás en el extranjero, pero mantienes vínculos patrimoniales con España, debes revisar tu situación y evitar problemas futuros.

¿Y si ya he presentado un año… tengo que hacerlo todos?

Buena pregunta. Solo hay que presentar el modelo 720 nuevamente si:

  • El valor de los bienes ya declarados aumenta en más de 20.000 euros.
  • Adquieres nuevos bienes o derechos que no estaban informados.
  • Has vendido o cancelado alguno de los bienes ya informados.

En caso contrario, no es necesario volver a presentarlo cada año. Pero sí debes conservar la información y estar atento a cualquier cambio.

En resumen: lo esencial

  • El modelo 720 es obligatorio para residentes fiscales en España con bienes en el extranjero superiores a 50.000€.
  • Existen otras obligaciones informativas si tienes inversiones internacionales.
  • Las sanciones han cambiado, pero el riesgo sigue existiendo si no declaras correctamente.
  • Si eres expatriado, necesitas verificar tu residencia fiscal y tu situación patrimonial internacional.
  • La mejor defensa: planificación fiscal y asesoramiento experto.
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Preguntas frecuentes sobre la declaración de bienes en el extranjero

¿Debo incluir en la declaración de bienes en el extranjero las cuentas conjuntas con mi pareja?

Sí. Si eres cotitular, aunque no seas el único titular, debes declarar el porcentaje que te corresponde.

¿Sigo obligado a presentar el modelo 720 si el banco está dentro de la Unión Europea?

Sí. Lo relevante no es el país, sino que los bienes estén situados fuera de España y superen los umbrales establecidos. La obligación de declarar no distingue entre países de la UE o terceros.

¿Qué pasa si presento el modelo 720 fuera de plazo?

Se puede presentar fuera de plazo, pero Hacienda puede imponer sanciones. Aunque hoy son más moderadas que en el pasado, el riesgo sigue existiendo.

¿Puedo presentar la declaración de bienes en el extranjero por mi cuenta?

Puedes, pero no es recomendable. Es un modelo complejo, con detalles técnicos que, si se omiten o rellenan mal, pueden acarrear sanciones. Contar con un asesor fiscal especializado en fiscalidad internacional marca la diferencia.

¿Qué ocurre si ya no tengo los bienes en el momento en que Hacienda me investiga?

Si no los declaraste cuando debías, puedes enfrentarte a sanciones igualmente. El hecho de que los bienes ya no existan no elimina la obligación que tenías en su momento.

¿Las criptomonedas cuentan como bienes en el extranjero?

Depende. Si están custodiadas en una wallet extranjera o en un exchange fuera de España, podrían considerarse declarables. En 2024 entra en vigor el nuevo modelo 721 específico para criptoactivos en el extranjero.

¿Estoy obligado si me he mudado fuera recientemente?

Dependerá de tu residencia fiscal. Si Hacienda considera que sigues siendo residente en España a 31 de diciembre del año anterior, estarás obligado a declarar los bienes.

¿Hacienda cruza datos con otros países sobre cuentas y bienes en el extranjero?

Sí. España forma parte de acuerdos internacionales de intercambio automático de información financiera (como el CRS de la OCDE). Es decir, Hacienda puede saber qué tienes fuera, aunque no lo declares.

¿Qué ocurre si mis bienes están repartidos en varios países y cada uno no supera los 50.000 euros?

El umbral se aplica por conjunto de bienes (cuentas, inmuebles, valores), no por país. Si el total de un grupo supera los 50.000 euros, hay obligación de declarar todo, aunque cada cuenta o activo individual esté por debajo.

¿Qué pasa si presento el modelo 720 con errores o información incompleta?

Hacienda puede considerarlo como una presentación incorrecta o incompleta, lo que conlleva sanciones. Es clave revisar cada dato con cuidado.

¿Tienes bienes en el extranjero y dudas sobre tu residencia fiscal?

En Suandco somos expertos en fiscalidad internacional, grandes patrimonios y asesoramiento a expatriados. Si necesitas ayuda para presentar el modelo 720 o revisar tu situación patrimonial, estamos aquí para acompañarte paso a paso, sin sustos, sin letra pequeña.

Contáctanos hoy y asegura tu tranquilidad fiscal.

Autor/a:

Héctor Rodríguez Cid