Tarifa plana para autónomos

Para cualquier persona que se vaya a dar de alta como trabajador autónomo y para aquella persona que se esté planteando darse de alta y su duda tenga que ver acerca de si le compensa o no, puede ser conveniente conocer cuáles son los requisitos. De forma que podrá optar por aplicar los beneficios en la cotización (la comúnmente “tarifa plana”) en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Así los costes de Seguridad Social durante al menos los primeros dos años serán inferiores y le permitirán tener un mayor beneficio en la actividad.

Si buscas darte de alta como autónomo, tal vez te preguntas «¿Cuáles son las diferencias respecto de darme de alta como autónomo o SL? Pues una de las ventajas de ser autónomo es la tarifa plana (aunque claro, cada caso es único y es mejor analizarlo puntualmente).

¿Quiénes pueden aplicar a la tarifa plana para autónomos?

En primer lugar, todos aquellos trabajadores autónomos que causen alta por primera vez. Además, también podrán acogerse a la “tarifa plana para autónomos» aquellos que causen alta de nuevo habiendo estado de baja en el RETA al menos los últimos dos años. Asimismo, que no hubiesen disfrutado de estos beneficios en ese tiempo. Finalmente, es posible que los trabajadores autónomos que causen alta y ya hubieran disfrutado estos beneficios, vuelvan a poder optar por aplicarlos si su tiempo de baja en el RETA ha sido durante al menos 3 años.

¿Pueden los autónomos que sean socios de una empresa optar por aplicar la “tarifa plana para autónomos”?

Desde que se incluyera este beneficio en la cotización para los autónomos, la Tesorería General de la Seguridad Social siempre ha sido reacia a aceptar que los socios de una entidad mercantil pudieran acogerse a la tarifa plana. Por ello, rechazaba su aplicación, teniendo que ser en vía judicial donde se pudiera obtener el derecho a aplicar dicho beneficio.

No obstante, tras una reciente sentencia del Tribunal Supremo la Seguridad Social se ha visto obligada a cambiar su criterio. En la actualidad deben permitir que los trabajadores autónomos socios de una entidad mercantil puedan aplicar la “tarifa plana para autónomos”.

¿Cuáles son los beneficios a la hora de aplicar la “tarifa plana para autónomos”?

Durante los primeros 12 meses a la fecha de efectos de alta en el RETA, quien haya optado por la base mínima de cotización tendrá una cuota mensual fija de 60 euros. Por su parte, quienes hayan optado por cotizar por una base superior a la mínima, durante 12 meses tendrán una reducción en la cotización de contingencias comunes del 80 por ciento.

Durante los siguientes seis meses y con independencia de la base de cotización elegida, el beneficio será una reducción en la cuota del 50 por ciento. En los siguientes tres meses, la reducción será del 30 por ciento. Finalmente, en los siguientes tres meses hasta completar un periodo total de dos años desde la fecha de alta, se aplicará una bonificación del 30 por ciento de la cuota.

Además de lo anterior, en determinados supuestos especiales cuando el trabajador autónomo sea menor de 30 años, en el caso de hombres, y de 35 años, en el caso de mujeres, durante 12 meses más podrán aplicar una bonificación adicional del 30 por ciento en la cuota de contingencias comunes, resultando un tiempo total de beneficios de tres años.

¿Qué ocurre si no se opta por aplicar la “tarifa plana”?

Por norma general, en el plazo de cuatro años puede solicitarse la devolución de un ingreso. El cual se debe haber realizado a la Seguridad Social de manera improcedente. Ahora bien, en el caso de beneficios en la cotización como es el caso de la “tarifa plana”, cuando no se hubieran aplicado por una causa no imputable a la Administración. Es decir, por error del propio trabajador a la hora de realizar el alta, el plazo para solicitar su reintegro es de tres meses desde el periodo de liquidación.

Por consiguiente, conocer los requisitos y analizar si son de aplicación para cada caso concreto resulta de vital importancia. Si se quiere ahorrar un dinero a la hora de cotizar los primeros años en el RETA.

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