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Acceso a los ERTES y Mecanismo RED

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¿Qué hacer si mi empresa está en dificultades? Acceso a los ERTES y mecanismo RED

En el caso de que tu empresa esté pasando por dificultades económicas, técnicas, organizativas, de producción, o bien por fuerza mayor, como empresario puedes acogerte a los mecanismos establecidos por estos casos, en los que puedes suspender los contratos de los trabajadores o reducir sus jornadas, a la vez que, los trabajadores pueden percibir sus prestaciones de desempleo hasta que mejore la situación temporal que ha dado lugar a esa medida.

En este caso los mecanismos son dos:

Expedientes de regulación de empleo temporal: ERTES

En estos casos, el empresario tiene la posibilidad de suspender los contratos durante un tiempo determinado por días completos o bien, reducir el porcentaje de jornada del trabajador en la empresa (entre un 10% y un 70%), siempre que se den causas económicas, técnicas, organizativas o de producción o bien, por circunstancias de fuerza mayor.

ERTE ETOP (Por circunstancias económicas, técnicas, organizativas o de producción)

Las circunstancias económicas se producen cuando en la empresa existan pérdidas o una disminución persistente de los ingresos ordinarios o ventas.

Las causas técnicas, se producen cuando se producen cambios de los medios o instrumentos de producción; las organizativas si se producen cambios en los métodos de trabajo o en la forma de organizar el trabajo; y productivas, cuando caen la demanda de los productos o servicios.

Si se encuentra en alguna de estas situaciones, deberá iniciar el expediente por la empresa siguiendo un trámite determinado ante la autoridad laboral, con la comunicación de inicio del Expediente tanto a ésta cómo a los representantes de los trabajadores, y comenzando simultáneamente la negociación con ellos sobre las medidas a adoptar.

1.2 ERTE de fuerza mayor

Otra de las causas por las que el empresario puede acogerse a estos ERTE´s es el caso de fuerza mayor temporal, que tras la nueva reforma, puede venir motivada también por impedimentos o limitaciones en la actividad normalizada de la empresa y sean consecuencia de decisiones adoptadas por la autoridad pública competente, incluidas aquellas orientadas a la protección de la salud pública.

2) Mecanismo RED de Flexibilidad y Estabilización en el empleo

Es un nuevo instrumento nacido de la reforma laboral, que necesita ser activado por el Consejo de Ministros ante situaciones coyunturales y que permite a las empresas la solicitud de las medidas de reducción de jornada y suspensión de contratos.

Tiene dos modalidades:

  1. Cíclica, cuando se aprecie una coyuntura macroeconómica general que aconseje la adopción de instrumentos adicionales de estabilización, con una duración máxima de un año.
  2. Sectorial, cuando en un determinado sector de actividad, se aprecien cambios permanentes que generen necesidades de recualificación y de procesos de transición profesionales, con una duración inicial de un año y dos prórrogas de 6 meses.

Una vez iniciado el mecanismo RED por parte del Consejo de Ministros, a propuesta de los ministerios correspondientes o de las asociaciones sindicales, las empresas podrán solicitar voluntariamente la reducción de la jornada o las suspensión de los contratos, ante la autoridad laboral y a la representación de los trabajadores.

Las dos ventajas de este mecanismo, es la mayor facilidad en la gestión y tramitación de estos expedientes así como las exenciones en las cotizaciones de la seguridad social, que van desde el 60% al 20% en la modalidad cíclica y un 40% en la modalidad sectorial.

Por el contrario, las empresas deberán presentar planes de re-cualificación de los trabajadores con acciones formativas que permitan la recolocación de los trabajadores en otros puestos o bien en otras empresas.

En el caso de que las empresas acogidas a este mecanismo, no formen a sus trabajadores, estarán obligadas a devolver las cuantías que se hayan aplicado en las exoneraciones de las cotizaciones, salvo que pueda demostrar, que puso a disposición de los trabajadores las acciones formativas.

Actualmente está aprobado el mecanismo RED para el sector de las agencias de viajes, desde el mes de marzo de 2022.

Por ello, si te encuentras en una situación similar, es imprescindible y fundamental estar acompañado por un buen asesor y una persona de confianza que tenga la experiencia y conocimiento para que tu situación no pueda verse perjudicada y las consecuencias sean más gravosas de lo que corresponde, por ello, desde Suandco Abogados, te ofrecemos nuestra ayuda como asesoría laboral para empresas en Madrid y que así puedas aplicar las medidas de flexibilización interna que mejor se ajusten a la situación de tu empresa, sin sustos ni contratiempos, ya que una mala gestión de estos trámites puede llevar a reclamaciones indeseadas a los trabajadores por parte del SEPE así como a la empresa por parte de la inspección de trabajo en sus cotizaciones.

Autor:

Celia Moreno Lorenzo

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