Empezar o gestionar una franquicia no es sencillo. El IVA tampoco.
Si estás al frente de una franquicia o estás pensando en abrir una, probablemente ya te hayas enfrentado a ciertas complejidades que van más allá del producto o servicio que ofreces. Una de las más habituales —y a menudo más confusas— es el tratamiento del IVA franquiciado.
¿Debes pagar IVA al franquiciador? ¿Tienes derecho a deducirlo? ¿Cómo y cuándo tienes que declarar ese IVA ante Hacienda? ¿Qué ocurre si te equivocas?
Lo cierto es que muchas personas con espíritu emprendedor y capacidad de gestión se ven frenadas por estas dudas fiscales, que pueden parecer menores, pero conllevan consecuencias importantes si no se gestionan correctamente.
Desde Suandco, entendemos el contexto en el que te mueves. Hemos acompañado a muchos franquiciados en Madrid y otras regiones que, como tú, quieren centrarse en hacer crecer su negocio con la tranquilidad de cumplir con sus obligaciones legales y fiscales. Por eso, hoy te explicamos de forma clara y útil qué es el IVA franquiciado, cómo funciona y cuándo debes tenerlo en cuenta.
¿Qué es el IVA franquiciado?
El IVA franquiciado no es un tipo específico de IVA, sino una forma de referirse al tratamiento del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) que afecta a las personas que operan bajo un contrato de franquicia.
Cuando hablamos de un franquiciado, hablamos de una persona física o jurídica que explota un modelo de negocio ajeno (el del franquiciador), a cambio del pago de ciertos conceptos: canon de entrada, royalties, suministros, servicios de formación, publicidad, etc.
Todos esos conceptos llevan aparejado un IVA que el franquiciado debe pagar al franquiciador.
Ese IVA que pagas es el que puedes deducirte si cumples con los requisitos fiscales correspondientes. Pero, cuidado: no todos los franquiciados lo gestionan correctamente.
¿Cómo funciona el IVA para los franquiciados?
El funcionamiento del IVA en una franquicia implica varias obligaciones clave:
El franquiciador repercute IVA sobre todos los servicios y derechos que presta
- Canon de entrada: es el pago inicial que realiza el franquiciado por acceder al modelo de negocio y recibir asistencia inicial. Este importe está sujeto a IVA tal y como establece la normativa que considera prestaciones de servicios las cesiones de derechos y know-how, quedando así fijado el IVA al 21%.
- Royalties o cánones periódicos: también están sujetos a IVA. Estos pagos se efectúan por el uso continuado de la marca, el soporte y el modelo de negocio. El tratamiento es el mismo que el del canon de entrada.
- Servicios de formación, publicidad, asistencia técnica. Todos estos servicios deben facturarse con el 21 % de IVA, salvo excepciones muy concretas reguladas por la ley (como ciertos servicios educativos exentos, si cumplen requisitos específicos).
- Suministro de productos (si lo gestiona directamente el franquiciador). En algunas franquicias, el franquiciador también vende directamente productos al franquiciado, que luego serán comercializados al cliente final (por ejemplo, alimentos, cosmética, textiles…).En estos casos, hablamos de una venta de bienes, no de una prestación de servicios, pero igualmente está sujeta a IVA. El tipo aplicable dependerá del producto.
El franquiciado debe pagar ese IVA, y declararlo si es sujeto pasivo
Como franquiciado, soportas ese IVA y lo pagas al franquiciador. Pero si estás dado de alta correctamente en el censo de empresarios, puedes deducirlo en tus autoliquidaciones de IVA trimestrales (modelo 303), siempre que:
- Estés en régimen general del IVA.
- Utilices los bienes o servicios adquiridos para tu actividad económica.
- Tengas facturas correctamente emitidas por el franquiciador.
También debes repercutir IVA a tus clientes, si tu actividad no está exenta
El franquiciado actúa como empresario independiente, por lo que debe emitir sus propias facturas con IVA a los clientes finales.
- Si vendes productos (por ejemplo, una franquicia de retail), debes aplicar el IVA correspondiente (normalmente 21 %).
- En servicios, el tipo aplicable dependerá del sector.
Así podrás compensar el IVA que pagas al franquiciador (soportado) con el que cobras a tus clientes (repercutido).
Obligaciones fiscales del franquiciado
El cumplimiento de las obligaciones fiscales en relación con el IVA es fundamental para evitar sanciones o problemas con la Agencia Tributaria. Estas son las principales responsabilidades del franquiciado:
- Alta en el censo de empresarios mediante modelo 036 o 037.
- Emisión de facturas correctas con IVA según la normativa vigente.
- Recepción y contabilización de facturas del franquiciador.
- Declaración trimestral del IVA mediante el modelo 303, y el modelo 390 como resumen anual (salvo exoneración).
- Contabilidad adecuada del IVA soportado y repercutido.
Error común: No deducirse el IVA pagado al franquiciador por falta de factura o por errores en el alta censal.
¿Cuándo entra en vigor la obligación de aplicar IVA?
La obligación de aplicar y declarar el IVA comienza desde el inicio de la actividad económica, es decir, desde que el franquiciado se da de alta como empresario individual o sociedad y firma el contrato de franquicia.
El procedimiento habitual:
- Alta en Hacienda (modelo 036 o 037). Para Hacienda, es fundamental que te des de alta en el censo de empresarios antes del inicio efectivo de la actividad y que lleves una contabilidad adecuada desde el primer día.
- Firma del contrato de franquicia, con estipulación de pagos sujetos a IVA.
- Inicio de operaciones.
Ojo: Según la normativa, el IVA se devenga incluso antes del inicio de la actividad, si se produce un cobro anticipado (como el canon de entrada). Es decir, si pagas antes de abrir, ya debes recibir factura con IVA y declararla.
Errores comunes con el IVA franquiciado
- No revisar el desglose de facturas del franquiciador. Algunas no indican correctamente el IVA.
- Confundir conceptos sujetos y no sujetos a IVA. Por ejemplo, en ciertos casos publicitarios o formativos.
- Retrasar el alta censal o no presentar declaraciones. Iniciar la actividad sin estar debidamente dado de alta en el censo de empresarios puede suponer sanciones económicas y la pérdida del derecho a deducir el IVA soportado.
- No comprender el régimen fiscal aplicable a las franquicias. Muchas personas creen que las franquicias tienen un régimen fiscal propio, pero no es así. Están sujetas al régimen general del IVA, como cualquier otra actividad económica. Eso sí, el régimen aplicable puede variar según el tipo de actividad y la forma jurídica del negocio (autónomo, sociedad, etc.).
Asegúrate de hacer bien las cosas desde el principio
El tratamiento del IVA franquiciado puede parecer complejo, pero con una asesoría adecuada se convierte en una parte controlada y optimizada de tu negocio. Tener claridad sobre tus obligaciones fiscales no solo evita sanciones, sino que también te permite aprovechar deducciones y mantener una contabilidad sólida.
Si estás iniciando una franquicia o ya estás en marcha y tienes dudas sobre tu situación fiscal, en Suandco te ayudamos a tenerlo todo bajo control. Nuestros Abogados de Derecho Mercantil en Madrid y expertos fiscales trabajan contigo para que tomes decisiones seguras, legales y rentables.
Contacta con nosotros y descubre cómo podemos ayudarte a impulsar tu franquicia desde el inicio.
