El Impuesto sobre el Patrimonio es un tributo de carácter directo y personal que grava el conjunto de bienes y derechos de carácter económico que posee cada individuo. Al igual que el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, es un tributo cedido parcialmente a las Comunidad Autónomas, lo que implica que cada una de ellas puede regular de manera individual determinados aspectos de la normativa del impuesto, como por ejemplo el importe del mínimo exento, el tipo de gravamen o las deducciones y bonificaciones. De esta manera, en función de la residencia fiscal de cada contribuyente, este impuesto puede ser más o menos gravoso.
Ley Impuesto Patrimonio
En la Ley estatal del Impuesto sobre el Patrimonio se establece la obligación de tener que presentar la declaración bien en el caso que resulte una cuota a ingresar o bien cuando los bienes y derechos que se posean sean superiores a dos millones de euros. Por ello, si no tenemos más de dos millones de bienes y derechos, para saber si tenemos obligación de presentar declaración del Impuesto sobre el Patrimonio habrá que acudir a la normativa específica de la Comunidad Autónoma de nuestra residencia fiscal para ver si resulta una cuota a ingresar.
Hace poco que he cambiado de residencia y de Comunidad Autónoma, ¿Qué normativa autonómica tengo que aplicar?
En este caso habría que diferenciar dos posibles casos: cuando eres residente fiscal en España (obligación personal de declarar) y cuando eres no residente fiscal en España pero tienes bienes y derechos aquí (obligación real de declarar).
En el primer supuesto (residente fiscal en España) se tienen en cuenta las mismas reglas que para el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, es decir, se aplica la normativa de la Comunidad Autónoma en la que se haya pasado más días desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre.
En el segundo supuesto (no residente fiscal en España pero con bienes en ese territorio) se podrá aplicar la normativa autonómica donde radique el mayor valor de todos los bienes y derechos que se tengan en España.
Impuesto de patrimonio por comunidades
Como hemos comentado anteriormente, una vez que ya se conoce la normativa de la Comunidad Autonómica que debemos aplicar, sólo quedaría aplicar sus reglas individuales para conocer si la cuota del impuesto sale a ingresar y, por ende, se tuviera la obligación de presentar la declaración del Impuesto de Patrimonio.
Aplicando lo anterior a un supuesto concreto, por ejemplo a un contribuyente que tuviera que aplicar la normativa de la Comunidad de Madrid, dado que en dicho territorio existe una bonificación del 100 por ciento de la cuota tributaria, este impuesto nunca le saldría a ingresar. Por consiguiente, sólo existiría obligación de presentar la declaración si dicha persona tuviera un patrimonio superior a dos millones de euros.
Si tienes cualquier duda acerca del Impuesto sobre el Patrimonio, no sabes exactamente si tienes la obligación de presentar la declaración o quienes conocer determinados aspectos de este tributo, desde Suandco Abogados te facilitamos toda la información precisa y nos ponemos a tu disposición para intentar resolver tu caso de la forma más satisfactoria posible.